23/04/2022
Grupo Aduanal Alva Pérez
Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Grupo Aduanal Alva Pérez, Mexico City.
Servicios de apoyo en los procesos de Importación, Exportación, y Comercio Exterior proporcionados directamente por el Agente Aduanal y sus representantes autorizados, mediante Patente propia.
23/04/2022
25/08/2021
Excelentes noticias para las importaciones en nuestro país...
China reabre el puerto de Ningbo-Zhushan, uno de los principales del mundo China puso punto final este miércoles a las restricciones sanitarias en el gran puerto de Ningbo-Zhushan, situado 250 kilómetros al sur de Shangái, que se vio parcialmente paralizado debido a un brote de Covid-19.
24/08/2021
Si buscas un Agente Aduanal con Patente Propia para tus necesidades de Comercio Exterior, no dudes en contactarnos
18/08/2021
Presenta Kansas City Southern de México información al día de ayer de las afectaciones que ha provocado el bloqueo de las vías de ferrocarril en Michoacán por elementos del CNTE. Anuncian además que no continuarán invirtiendo en el país...
03/08/2021
Integrantes del SNTE-CNTE nuevamente bloquean, desde hace 2 días, las vías ferroviarias en las inmediaciones de Uruapan, Michoacán, lo que afecta gravemente el movimiento y despacho del Comercio Exterior para la mercancía que se recibió en el Puerto de Lázaro Cárdenas.
El día de ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación en su edición Vespertina, el decreto por el cual se anuncia la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado, subordinado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Pública. La finalidad de esta Agencia, será fortalecer la seguridad nacional, asegurar la recaudación de impuestos y contribuciones controlando la evasión fiscal, y mejorar la operación de las diferentes aduanas del país. La nueva agencia estará controlada por las Fuerzas Armadas en coordinación del titula de la agencia
El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la LIGIE por la cual se crean 3 Fracciones Arancelarias para la importación y Exportación de Vacunas contra el COVID-19, así como para Tanques de Oxígeno. Así mismo, se modifica el arancel que pagaban las mismas para apoyar a la lucha contra el COVID-19.
DOF - Diario Oficial de la Federación 1 Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P 06500, Ciudad de MéxicoTel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx
26/01/2021
El 26 de Enero se celebra el Día Internacional de las Aduanas
Hacemos de su conocimiento que el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica el Anexo 2.4.1. de las Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior.
En base a esta modificación, a partir del día de hoy, se elimina el beneficio previsto en el Anexo 2.4.1. de las RCCGCE numeral 10, fracciones VII, VIII y XV, que permitía NO demostrar el cumplimiento de algunas Normas Oficiales Mexicanas con la presentación de una Carta Bajo Protesta de Decir Verdad o Carta de No Comercialización.
Por tal motivo, a partir de este momento, para el Despacho Aduanero será necesario contar con la Constancia de Conformidad del cumplimiento de la NOM expedida por la Unidad de Verificación, o bien, con la Solicitud de Servicio de la Verificación de cumplimiento de la NOM para aquellas empresas que cuenten con este beneficio.
Es importante considerar que:
a. Esta modificación aplica a cualquier mercancía que se presente a Despacho Aduanero a partir del día de hoy, aún cuando el el Art. 56 de la Ley Aduanera especifica que la aplicación de cualquier regulación o restricción no arancelaria será aplicable a partir de la fecha de fondeo para mercancías que arriben por vía marítima, o el de la fecha en que las mercancías crucen la línea divisoria internacional para la vía terrestre.
b. Como parte de los procesos de las Unidades de Verificación Autorizadas, ellos deberán transmitir las Solicitudes y/o Constancias de cumplimiento al Sistema de la Secretaría de Economía para que ellos validen la información y la transmitan al Sistema SAAI de Aduanas, ya que de lo contario, el Sistema no dará firma al momento de pagar los Pedimentos de Importación. Les sugerimos que verifiquen con su proveedor que ya hayan transmitido esta información si sus despachos se tramitarán en estos días. De acuerdo a algunas Unidades de Verificación, el Trámite tarda aproximadamente 24 horas.
A manera de recordatorio, les envío el texto de las Fracciones que fueron eliminadas:
VII. Las mercancías que se importen para ser usadas directamente por la persona física que las importe, para su uso directo, y que no se destinarán posteriormente a su comercialización directa o indirecta como parte de su actividad empresarial, siempre y cuando el importador, antes de activar el mecanismo de selección automatizado, anote en el pedimento de importación la clave que dé a conocer la SHCP para identificar las mercancías que se encuentren en los supuestos a que se refiere esta fracción. Para tal efecto deberá anexar a dicho pedimento una declaración bajo protesta de decir verdad, indicando que las mercancías no se destinarán posteriormente a su comercialización directa o indirecta como parte de su actividad empresarial y señalar el lugar en el que usará dichas mercancías.
VIII. Las mercancías que no vayan a expenderse al público tal y como son importadas, siempre que el importador: a) Las utilice en la prestación de sus servicios profesionales (incluidos los servicios de reparación en talleres profesionales en general) y no las destine a uso del público, debiendo anexar al pedimento de importación una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que indique que utilizará personalmente las mercancías importadas para la prestación de sus servicios profesionales, señalando en qué consisten éstos, y que no comercializará las mercancías importadas ni las destinará a uso del público; b) Las utilice para llevar a cabo sus procesos productivos, incluso si se trata de refacciones para la maquinaria productiva que utilice en dichos procesos, o de materiales, partes y componentes que el mismo importador incorporará a un proceso industrial que modifique la naturaleza de dichos materiales, partes y componentes y los transforme en unas mercancías distintas, que sólo serán ofrecidas al público previo cumplimiento con la o las NOMs aplicables; debiendo anexar al pedimento de importación una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que indique que utilizará las mercancías importadas como refacciones de la maquinaria que utiliza para llevar a cabo en sus procesos productivos, o como materiales, partes o componentes de un proceso productivo en virtud del cual se modificará la naturaleza de las mercancías importadas y las transformará en unas mercancías distintas que sólo serán ofrecidas al público previo cumplimiento con la o las NOMs aplicables; c) Las vaya a enajenar a personas morales, que a su vez las destinarán para la prestación de sus servicios profesionales (incluidos los servicios de reparación en general) o para el desarrollo de sus procesos productivos y no a uso del público (“enajenación entre empresas en forma especializada”), debiendo anexar al pedimento de importación una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que indique que destinará las mercancías importadas a la enajenación exclusiva entre empresas, toda vez que con anterioridad a la enajenación, la empresa adquirente fue debidamente informada por el importador de las características técnicas de las mercancías que adquiere, y que éstas no serán objeto de reventa posterior al público en general, o d) Las importe para destinarlas a procesos de acondicionamiento, envase y empaque final, en el caso de mercancías sujetas a NOMs de información comercial que se presenten al despacho aduanero en embalajes o empaques que, aun cuando ostenten marcas u otras leyendas, o señalen el contenido o cantidad, pueda demostrarse que están concebidos exclusivamente para contener y proteger dichas mercancías para efectos del transporte y almacenamiento antes de su acondicionamiento, envase y empaque en la forma final en la cual serán ofrecidas al público, debiendo anexar al pedimento de importación una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que indique que acondicionará o envasara y empacará las mercancías importadas en los envases finales destinados a cumplir con las NOMs de información comercial correspondientes, antes de ser ofrecidas al público.
XV. Tratándose de las NOMs NOM-004-SCFI-2006, NOM-015-SCFI-2007, NOM020-SCFI-1997, NOM-024-SCFI-2013, NOM-050-SCFI-2004, NOM-051- SCFI/SSA1-2010, NOM-186-SSA1/SCFI-2013, NOM-189-SSA1/SCFI-2002 y NOM-141-SSA1/SCFI-2012, las mercancías destinadas a permanecer en las franjas y regiones fronterizas del país, importadas por personas físicas o morales ubicadas en dichas franjas y regiones fronterizas, que realicen actividades de comercialización, presten servicios de restaurantes, hoteles, esparcimiento, culturales, recreativos, deportivos, educativos, investigación, médicos y de asistencia social; alquiler de bienes muebles y servicios prestados a las empresas, según la clasificación del Catálogo de Actividades Económicas que da a conocer el SAT mediante reglas de carácter general y que cuenten con registro como empresas de la frontera en términos del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.
Con motivo de la entrada en vigor del T-MEC, el día de ayer se publicaron en el Diario Oficial de la Federación en su versión Vespertina, la abrogación y sustitución de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como de la Ley de la Propiedad Intelectual. Así mismo, se realizaron diversas modificaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor, Ley Aduanera, y Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Los invitamos a conocerlos:
DOF - Diario Oficial de la Federación Informamos que derivado de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, la recepción de documentos a publicar en las oficinas del Diario Oficial de la Federación ubicadas en Río Amazonas No. 62, Colonia y Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, se brindará únicamente los días martes y v...
01/07/2020
El día de hoy entra en vigor el T-MEC entre México, Estados Unidos y Canadá, sustituyendo al TLCAN. Se espera fortalezca el comercio internacional entre estas naciones
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